Caza Cerdo Jabalí Alto Mañihuales

$575.000

Tres  días   para cazar ,en  la  cual  se   considera  un  día  de  tramitación de  permisos  y  autorizaciones  correspondiente,para  tomar  el  día   dos,  desde  la  ciudad  de  Coyhaique  con destino  al sector de  alto  Mañihuales,donde acompañaremos  a  nuestros  guías  en la  búsqueda  de  una  presa  premio ,  Cerdo Jabalí europeo.Esta actividad  requiere  de  un buen estado  físico,la  captura  se realiza  mediante  el  seguimientos  con  jauría  de  perros de  apoyo,permiso  de  caza  al  día  ,la  actividad termina  con la  degustación  de  carnes de caza   en la  ciudad de  Mañihuales  para  degustar   ,con los  análisis  correspondientes.

Te  esperamos.  Considera    Tres  días alojamientos en  Coyhaique,Un  día  para   regularizar  documentos,con  almuerzo  y  alojamiento  ,mas  un segundo  día   ,con traslado Ida  y  Vuelta,Cena   en sector  de   Mañihuales.Tercer  día  traslado  aeropuerto  y  almuerzo de campo sector  Villa Frey.

Nota   Reserva: con  7 días  . Grupos de   4  personas. en  zona  de  caza  con chalecos  reflectante.permiso  actualizados. Valor  por  persona.

Hay existencias (puede reservarse)

Categoría:

Descripción

Considerado un especie  introducida  en la  patagonia,  que   tiene  un fuerte  impacto  en  el  hambiente ,flora y  fauna  nativa  ,la  cual  actua  directamente,se  considera  un  preza  de  caza  dañina  la  cual  tiene  autorizacion durante  todo  el año.

S E R V I C I O A G R Í C O L A Y G A N A D E R O
ARTÍCULO 6º.
Se considerarán como especies de fauna silvestre perjudiciales o
dañinas, las que se indican a continuación, las cuales podrán ser cazadas o
capturadas en cualquier época del año, en todo el territorio nacional y sin
limitación de número de piezas o ejemplares, según corresponda

L E G I S L A C I Ó N  S O B R E   F A U N A   S I L V E S T R E
Rata almizclera Ondatra zibethica
Cabra Capra hircus, en el Archipiélago de Juan Fernández, Re-
gión de Valparaíso.
Jabalí Sus scrofa
Ciervos exóticos Familia Cervidae
Zorro gris o Chilla Pseudalopex griseus, en Isla Tierra del Fuego, Región de
Magallanes y la Antártica Chilena. Para el traslado de
las pieles fuera de la isla, se deberá obtener una guía de
tránsito en la oficina SAG Sectorial de Porvenir.
ARTÍCULO 7°.
Derogado.
ARTÍCULO 8º.
Prohíbese la venta de animales silvestres provenientes de faenas de
caza o captura, así como sus productos, subproductos y partes, obtenidas
en contravención a las normas de la ley N°4.601 y de este reglamento.
Queda prohibido, en toda época levantar nidos, destruir madrigue-
ras o recolectar huevos o crías, con excepción de los pertenecientes a las
especies declaradas dañinas. Sin perjuicio de lo anterior, en casos califica-
dos el Servicio podrá autorizar la recolección de huevos y crías con fines
científicos o de reproducción.

ARTÍCULO 10.
La actividad cinegética sólo podrá ser realizada en las tierras pro-
pias o en las ajenas, con permiso expreso del dueño o su representante le-
gal. No obstante lo anterior, se prohíbe la caza o la captura en reservas de
regiones vírgenes, parques nacionales, reservas nacionales, monumentos
naturales, santuarios de la naturaleza, áreas prohibidas de caza, zonas ur-
banas, líneas de ferrocarriles, aeropuertos, en y desde caminos públicos y
en lugares de interés científico y de aposentamiento de aves guaníferas.
Sin embargo, el Servicio podrá autorizar la caza o la captura de de-
terminados especímenes en los lugares señalados en el inciso preceden-
te, pero sólo para fines científicos, para controlar la acción de animales
que causen graves perjuicios al ecosistema, para establecer centros de
reproducción o criaderos, o para permitir una utilización sustentable del
recurso. En todos estos casos, deberá contarse, además, con el permiso de
la autoridad que tenga a su cargo la administración

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